Madrid Zona de Bajas Emisiones entra en vigor este sábado 1 de enero

El próximo día 1 de enero, entra en vigor ZBE, Madrid Zona de Bajas Emisiones. Esta nueva zona se une a las zonas de bajas emisiones de especial protección (Zbdep) Distrito Centro y Plaza Elíptica. Se implementa con el fin de restringir el acceso de algunos turismos dentro del perímetro de la M-30, ayudando así a reducir las emisiones dentro de la ciudad.

Con esto, el Ayuntamiento permitirá la entrada de vehículos con clasificación ambiental B y C, que podrán estacionar y circular dentro de la M-30 sin limitaciones. Los vehículos con clasificación A, aquellos gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel matriculados antes de 2006, tendrán el acceso restringido. Quedan exentos hasta el 1 de enero de 2025 los A destinados a distribución urbana de mercancías.

Más concretamente, los turismos con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno) que a 1 de enero de 2022 no estén domiciliados en el Registro de Vehículos tendrán las siguientes limitaciones:

  • Desde el 1 de enero de 2022, queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y circulación por la M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid.
  • Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.

La Administración contempla también algunas excepciones. Por un lado, podrán acceder aquellos vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o para el traslado de personas con movilidad reducida, y, por otro, también podrán entrar en Madrid ZBE los vehículos que tengan reconocida la consideración de históricos conforme a lo dispuesto en el real decreto 1247/1995, del 14 de julio. También están exentos los vehículos de emergencias y fuerzas armadas.

El control de accesos se llevará a cabo de forma automática y también de forma manual y, en caso de cometer una infracción, la sanción será de 90 euros. Se establecen dos meses de prueba, en fase de aviso, antes de comenzar a emitir dichas sanciones; por lo que no se enviarán multas a los titulares que hayan cometido la infracción del 1 de enero y al 1 de marzo a las 23:59, solo un comunicado de carácter informativo.

Señales de Zona de Bajas Emisiones – Ayuntamiento de Madrid

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: https://www.eldebate.com/

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